23.12.2009
Novedades IVA alemán (Umsatzsteuer) a partir del 1 de enero de 2010
La nueva ley modifica algunos aspectos básico de la sujeción a este impuesto por lo que a prestaciones en el seno de UE se refiere. A partir de ahora los servicios por parte de empresas a particulares quedan sujetas al impuesto en el país donde la empresa tenga su domicilio o una filial.
Las prestaciones de servicios de empresa a empresa se entienden sujetos al IVA del país donde el receptor tenga su domicilio siempre y cuando este último esté en la UE y pueda acreditar el correspondiente número de identificación (IVA). Este regla ya estaba presente en la antigua regulación del IVA pero la propia ley contemplaba numerosos casos especiales que conllevaban que el empresario recibiera prestaciones con IVA en otro país de la EU viéndose obligado a solicitar su devolución en un largo procedimiento administrativo.
No obstante la nueva ley sigue contemplando algunas excepciones a este pricipio ya previstas en la antigua legislación.
Por lo tanto esta importante novedad conlleva un cambio en la facturación a partir del próximo 1 de enero de 2010 para todas aquellas empresa españolas sitas en Alemania que facturan a través de sus filiales en Alemania o que se han constituido de modo independiente en este país a través de por ejemplo la constitución de una GmbH.
02.11.2009
La aplicación judicial del Derecho extranjero en el juicio civil alemán, Conferencia Dr. ARTZ, Congreso TRIANA, Lima, 29 de septiembre de 2009. El abogado Dr. Markus Artz impartió el 30 de septiembre en la Universidad Católica de Lima, Perú una ponencia sobre la aplicación del derecho extranjero en España y Alemania. Aquí pueden bajar el texto (aproximadamente 10 MB)
24.09.2009
La “mini GmbH” o sociedad mini de responsabilidad civil
Hace poco menos de una año nació la Unternehmergesellschaft (UG) también conocida como Mini GmbH o sociedad de responsabilidad mini. Este tipo se sociedad viene a ser para muchos empresarios una alternativa o primer paso hacia la verdadera GmbH. Y es que la UG conjuga lo positivo de la GbmH como la limitación de responsabilidad con facilidades económicas dado que para su fundación no es necesario desembolsar inmediatamente un capital de 25.000,00 EUR como sí es el caso de la GmbH. Veamos algunos aspectos más:
a) En principio no es necesario desembolsar un capital inicial mínimo.
b) En el tráfico jurídico no puede definirse como GmbH. Se acepta tan sólo la definición Unternehmergesellschaft (haftungsbeschränkt) o UG (Haftungsbeschränkt)
c) La UG tiene la obligación de „ahorrar“ cada ejercicio ¼ de sus beneficios hasta alcanzar la cantidad de 25.000,00 EUR. Una vez alcanzada esa cantidad puede solicitar la inscripción en el Registro Mercantil como GmbH.
d) Frente a los acreedores existe la clásica separación entre patrimonio privado de lo socios y de la empresa propia de la GmbH. Hay por lo tanto una limitación de responsabilidad con independencia de la responsabilidad personal del gerente en caso de p.e. insolvencia dolosa.
Así pues esta variante de la GmbH clásica puede ser una alternativa real para muchos empresarios que deseando iniciar una actividad mercantil en Alemania no deseen directamente desde el principio aportar un capital de 25.000,00 EUR. Si tiene más preguntas al respecto, no dude en consultarnos!
01.09.2009
Nueva regulación respecto a la validez y contenido de las disposiciones para el caso de enfermedad
En Alemania comienza a ser cada vez más común que se otorguen documentos privados y públicos mediante los cuales los otorgantes intentan establecer que medidas los médicos pueden adoptar en l caso de enfermedad y cuando el otorgante no se encuentra capacitado para manifestar su voluntad respecto el tratamiento médico a aplicar (pacientes en coma por ejemplo). Se calcula que hasta 8 millones de personas en Alemania ha otorgado un documento de este tipo.
El pasado 1 de septiembre entró en vigor la nueva regulación respecto a la validez y contenido de dichas disposiciones.
La nueva regulación aclara el carácter vinculatorio de dichas disposiciones y exige necesariamente su forma escrita.
06.07.2009
Cambios en el derecho de sucesiones alemán:
El Bundestag ha aprobado a fecha de 2 de julio una reforma del derecho de sucesiones. Estas son algunas de las novedades más importantes:
Los descendientes, padres, cónyuges y parejas de hecho podrán verse privados de legítima por las mismas causas. Hasta ahora el derecho alemán preveía diferentes causas en función del parentesco. También se amplia la protección a las personas próximas al causante que estén en situación análoga a la del cónyuge, pareja o hijo como por ejemplo los menores en situación de acogida o los hijastros. No obstante en estos casos también se contempla la posibilidad de desheredar a estas personas en casos graves y que hasta ahora estaban reservados a un círculo de herederos muy reducidos.
Hasta ahora era posible privar al descendiente de su legítima cuando éste llevase una vida “deshonrosa”. El legislador pone fin a este concepto indeterminado y contempla la posibilidad de privar de la legítima para el caso de condenas de privación de libertad de cómo mínimo un año.
Las donaciones del causante pueden conllevar un derecho a exigir el complemento de legítima frente al heredero o el donatario. En base al ejercicio de esta acción el legitimario debe ser tratado como si la donación no hubiera tenido lugar y el patrimonio del causante no se hubiera visto disminuido. La donación se tiene en cuenta en su totalidad. Tan sólo no se tendrá en cuenta dicha donación cuando hubieran transcurrido diez años desde la misma. La reforma conlleva que la valoración de la donación vaya siendo gradualmente menor conforme más tiempo haya pasado desde su realización: las donaciones realizadas en el año inmediatamente anterior a la muerte del causante se tendrán en cuenta en su totalidad mientras que en el segundo año tan sólo en un 9/10, en el tercero en un 8/10 y así sucesivamente.
Hasta ahora el ejercicio de derechos en materia de familia y sucesiones estaba sometido al plazo general de prescripción de 30 años si bien la ley preveía numerosas excepciones. La reforma equipara la prescripción al resto de las materias. Es por ello que por lo general, será de aplicación el plazo general de prescripción de tres años.
01.06.2009
El parlamento alemán aprueba el proyecto sobre derecho de patentes
La nueva ley pretente mejorar el procedimiento para dar de alta marcas y patentes y simplificar los procedimientos judiciales. Estos son algunos de los aspectos más importantes de la reforma:
En la primera instancia el juez deberá indicar a la partes aspectos esenciales y necesarios para el asunto cuando las partes no hubieran hecho mención de ello en sus escritos.
En la segunda instancia se pretende sobretodo agilizar el procedimiento dado que en la actualidad los procedimientos duran más de cuatro años. En estos momentos es habitual que los peritos hagan un informe, en el futuro se intentará que los peritos actúen tan sólo en casos excepcionales. En la actualidad y en determinados casos, la segunda instancia puede dar lugar a un procedimiento completamente nuevo. La reforma pretende que la segunda instancia se limite a corregir posibles fallos habidos en la primera instancia.
La reforma también modifica el procedimiento especial referente a las patentes de trabajadores que representan aproximadamente el 80% de todas las patentes.
25.05.2009
Modificación de la participación en la pensión del cónyuge divorciado (Versorgungsausgleich)
El próximo 1 de septiembre entra en vigor la ley de reforma del Versorgunsausgleich alemán. El Versorgungsausgleich es el instrumento mediante el cual los cónyuges, a raíz de la disolución del vínculo conyugal, compensan los derechos a participar en los derechos de pensiones adquiridas durante el matrimonio.
La nueva ley intenta simplificar el cómputo de los derechos adquiridos.
19.01.2009
En 1 de enero de 2009 entró en vigor la nueva Düsseldorfer Tabelle (derecho de familia alemán)
A raíz de la modificación de las prestaciones que el estado paga por hijo (Kindergeld) el OLG de Düsseldorf ha publicado la nueva Düsseldorfer Tabelle. Cabe recordar que si bien estas tablas no tienen carácter de ley, son utilizadas por todos los tribunales alemanes para el cálculo de los alimentos a menores. No obstante cabe señalar que los montos reflejados así como los ingresos en base a los cuales se calculan dichos montos, no se aplican mecánicamente: la jurisprudencia, la ley y las propias normas de aplicación de las tablas regulan el cálculo del neto de base, las deudas a considerar y las modificaciones de los grupos. Por lo tanto el hecho de que el obligado perciba por ejemplo un neto de 1.600,00 euros mensuales no conlleva automáticamente su inclusión en el grupo 2. Más bien hay examinar y llegado el caso deducir determinadas deudas, por lo que el deudor fácilmente puede pasar al grupo 1 con la gran diferencia de la cantidad a abonar en concepto de pensión que ello conlleva.
Link del OLG Düsseldorf:
http://www.olg-duesseldorf.nrw.de
15.01.2009
La agencia tributaria de Catalunya publica las instrucciones para la comprobación del valor de los bienes inmuebles a efectos – entre otros – de impuesto de sucesiones y transmisiones jurídicas patrimoniales para el ejercicio 2009
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